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¿Pueden las personas en silla de ruedas utilizar los carriles bici? si y no

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La normativa francesa sobre el derecho o no a autorizar a las personas en silla de ruedas a circular por las vías ciclistas es relativamente enrevesada. Por un lado, ella no lo permite. Pero por otro lado, la Convención de Viena -ratificada por Francia- del 21 de mayo de 1977 les autoriza a hacerlo… bajo ciertas condiciones.

Fuente: magabaka a través de Unsplash

Con el desarrollo masivo de la infraestructura ciclista en varias de las principales ciudades francesas, incluida París, puede ser relativamente común encontrarse con una persona en silla de ruedas en un carril bici. Lejos de nosotros denigrar esta práctica, pero naturalmente surgió una pregunta: ¿cuál es la ley que rige el movimiento de personas en sillas de ruedas?

Esta pregunta tan simple en realidad conduce a una respuesta compleja y enrevesada, que Frandroid te disecciona para ver más claramente. En primer lugar, es necesario definir a qué grupo se asimilan las personas en silla de ruedas: a los peatones, tal como se explica en el artículo R. 412-34 del Código de Circulación.

Asimilación a los peatones.

Así está escrito: Se asimilan a peatones: los discapacitados que se desplazan en silla de ruedas movida por sí mismos o circulando al ritmo de la marcha”. Por otro lado, y tal y como explica esta página gubernamental del Ministerio de Ecología, “las personas en silla de ruedas manual o eléctrica sí pueden circular por calzada y aceras o arcenes, pero no por ciclovías”.

El mensaje es claro: les están prohibidas las ciclovías, pero no las aceras, por las que deben circular a velocidad de peatón, en torno a los 6 km/h, ni la calzada.

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Fuente: Jon Tyson a través de Unsplash

Durante una sesión de Preguntas parlamentarias» del 14 de marzo de 2023, cuyas respuestas están disponibles en este número especial del Diario Oficial, el diputado Olivier Falorni (Modem e Independientes) llamó la atención del Ministro del Interior y Territorios de Ultramar sobre el tema en pregunta. (página 4205).

El interesado plantea dos cuestiones: la primera se refiere “al peligro que corren las personas en sillas de ruedas eléctricas, que por su velocidad deben circular por la vía o, a falta de aceras, son rozadas por los camiones, autobuses y turismos que las rebasan”. “. La preocupación destacada aquí es evidente.

Este primer problema también había sido señalado en julio de 2018 por el diputado Hervé Pellois (La République en Marche).

Cuando la Convención de Viena cambia el juego

El segundo tema se refiere a la apertura de ciclovías a personas en silla de ruedas. Oliver Falorni dice:

El Ministerio del Interior había indicado en respuesta a una pregunta escrita en marzo de 2020 que la apertura de ciclovías a este público supondría un riesgo para todos los usuarios de estas vías, debido al diferencial de velocidad y la imposibilidad de que una persona en un silla de ruedas para desplazarse rápidamente en caso de conflicto de tráfico.

Aquí es donde las cosas se complican un poco. Por un lado, el Ministerio del Interior se había mostrado desfavorable a la idea de abrirles ciclovías. Pero por otro lado, la Convención de Viena que entró en vigor el 21 de mayo de 1977 y ratificada por Francia autoriza a las personas en silla de ruedas a utilizar las ciclovías… bajo ciertas condiciones.

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Frandroid ha encontrado el pasaje preciso que les autoriza a hacerlo. Está disponible en la página 25 de la Convención de Viena manuscrita, desde que se digitalizó.

Está escrito: “Si no fuere posible el uso de las aceras o los arcenes o en defecto de éstos, los peatones podrán circular por la calzada; cuando haya carril bici y cuando la densidad del tráfico lo permita, podrán circular por este carril bici, pero sin entorpecer el paso de ciclistas y ciclomotores”.

Fuente: Nathan McDine a través de Unsplash

Al ser asimiladas a los peatones las personas en silla de ruedas, por tanto, les afecta aquí este texto, que les autoriza a circular por las vías ciclistas siempre que no interfieran con los ciclistas, y sólo en el caso de que no se pueda utilizar la acera. . El tráfico también debe ser relativamente escaso. La pregunta es: ¿cuándo te interpones en el camino de un ciclista?

La velocidad máxima de una silla de ruedas eléctrica puede variar según el modelo. Si muchos de ellos están limitados de 6 a 10 km/h, algunos pueden subir hasta los 15 km/h. O bien un ritmo totalmente imaginable y adaptado a un carril bici. Si este último es angosto y la silla de ruedas es lenta, la noción de “avergonzado” podría tener sentido.

Se aconseja en todos los casos usar el sentido común y adelantar con precaución, con un mínimo de distancia de seguridad, en cualquier carril bici y a cualquier usuario.

El gobierno quiere salir de esta contradicción»

En sus respuestas, el Gobierno y más concretamente el Ministerio del Interior dice estar dispuesto a “salir de esta contradicción” y ha “esbozado una apertura explicando que una evolución del Código de Circulación en este sentido podría estudiarse en conjunción con asociaciones de ciclistas”.

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Esta reflexión iniciada en 2019 obviamente no ha evolucionado desde entonces, ya que encontramos este pasaje en la página de gobierno del Ministerio de Ecología ya mencionado anteriormente en este artículo… y cuya última actualización data del 26 de junio de 2023. Una forma de status quo parece haberse asentado.


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