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¿Se puede cotizar a la Seguridad Social sin trabajar?

¿Ganaste la lotería? ¿Has cobrado una herencia multimillonaria? Si tu caso es uno de estos, estás de enhorabuena porque no tendrás que volver a trabajar nunca más. Eso sí, tendrás que olvidarte de tu jubilación de la Seguridad Social… Salvo que te acojas a un convenio especial. Tanto para los casos más afortunados (como los anteriores) como para los más desfavorecidos, contribuir sin trabajar es posible. Solo tendrás que tener en cuenta una serie de requisitos.

acuerdos especiales

Sí, es posible cotizar a la Seguridad Social sin trabajar: a través de Convenios Especiales. Estos convenios son acuerdos voluntarios entre un trabajador y la Tesorería General de la Seguridad Social que le permiten seguir cotizando. Eso sí, tendrás que pagar una cuota mensual. esto sirve para sigue aportando aunque no trabajesy así poder acceder a una jubilación digna en el futuro principalmente (o directamente, a una jubilación).

En cuanto a acuerdos especialesEstos son los casos aceptados:

  • Trabajadores que no estén dados de alta en la Seguridad Social, en cualquier régimen.
  • Los trabajadores por cuenta propia e indefinidos incluidos en el sistema de la Seguridad Social, que hayan cumplido 65 años de edad y se encuentren aún en alta, y acrediten 35 o más años de cotización.
  • El pluriempleo, cuando cesen en alguna de sus actividades.
  • Trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena que cambien de trabajo y en ese nuevo trabajo tengan una base de cotización inferior a la media de los doce meses anteriores.
  • Contribuyentes con invalidez total, que hayan cotizado en un trabajo compatible y se encuentren en uno de los cuatro escenarios anteriores.
  • Los que están cobrando el paro y se les acaba el subsidio.
  • Pensionistas a los que se les haya retirado o reducido en grado parcial su incapacidad permanente.
  • Las personas que pierdan su pensión de invalidez o jubilación por sentencia firme.
  • Trabajadores que hayan sido dados de alta de la Seguridad Social tras solicitar una pensión y esta les haya sido denegada.
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Para cotizar sin trabajar, además de pertenecer a alguno de los grupos anteriores, es necesario acreditar un mínimo de 1.080 días de cotización en los 12 años inmediatamente anteriores. Además, para los pensionistas de invalidez o jubilación que accedan al convenio por haber perdido su pensión, el período mínimo de cotización deberá estar cumplido antes de cesar en su obligación de cotizar.

¿Cuánto se paga a la Seguridad Social?

El tipo de cotización vigente en 2023 para el convenio es el resultado de aplicar a la base de cotización, el tipo único de cotización vigente en cada momento en el Régimen General (ahora mismo es el 28,3%) multiplicado por el coeficiente correspondiente en función de las prestaciones específicas que el sistema ofrezca a cada trabajador. Este coeficiente es establecido anualmente por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Algunos ejemplos de citas serían:

  • Mínimo: 960,60€ corresponde a 255,52€/mes
  • Media: 2.000€ corresponde a 532,04€/mes
  • Máximo: 4.495,50 € corresponde a 1.195,80 €/mes

Los convenios especiales para cotizar sin trabajar permiten aumentar nuestro tiempo total de cotización. Por ello, muchas personas lo utilizan para mejorar su futura jubilación. Un claro ejemplo sería cuando una persona tiene 13 años de aportes (actualmente se requieren 15), y le faltan dos. En este caso puedes conseguirlos. pagando la tarifa del convenio especial durante esos 24 meses.

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